Se establece el régimen jurídico aplicable a los convenios de obras por impuestos, incluyendo cláusulas sobre controversias. Esto es importante para la seguridad jurídica.
de la Ley 1474 de 2011 o la que la modifique o sustituya.
Los TRT una vez utilizados, computarán dentro de las metas de recaudo de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN). Estos títulos, podrán ser utilizados por su tenedor para pagar hasta el 50% del impuesto sobre la renta y complementarios.
PARÁGRAFO 1o.
Las personas jurídicas que tengan deudas por concepto del impuesto sobre la renta, podrán asumir el pago de las mismas a través de los TRT.
PARÁGRAFO 2o.
El mecanismo previsto en el presente artículo podrá ser usado de manera conjunta por varios contribuyentes para la realización de un mismo proyecto.
PARÁGRAFO 3o.
El Consejo Superior de Política Económica y Fiscal (CONFIS) aprobará el cupo máximo de aprobación de proyectos, a cargo de los cuales se podrán celebrar los convenios establecidos en la presente regulación.
PARÁGRAFO 4o.
Los contribuyentes no podrán realizar proyectos a los que se refiere la presente disposición, que correspondan a los que deban ejecutar en virtud de mandato legal, acto administrativo o decisión judicial. Adicional a lo anterior, las empresas dedicadas a la exploración y explotación de minerales e hidrocarburos, y las calificadas como grandes contribuyentes dedicadas a la actividad portuaria, no podrán desarrollar proyectos de infraestructura física que tengan relación de causalidad con su actividad generadora de renta.
PARÁGRAFO 5o.
La presente disposición será reglamentada, en su integridad, en un término de 6 meses contados a partir de la vigencia de la presente ley.
PARÁGRAFO 6o.
La referencia al mecanismo de obras por impuestos realizada por el
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Entender el régimen jurídico ayuda a prevenir conflictos en la ejecución de convenios y asegura que las partes conozcan sus derechos y obligaciones.
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