Este articulo establece las exclusiones del IVA para ciertos bienes y servicios, incluyendo la venta de bienes inmuebles y productos destinados a departamentos específicos. Es fundamental para entender las obligaciones fiscales en la comercialización de estos bienes.
del Estatuto Tributario, los cuales quedarán así:
12. La venta de bienes inmuebles.
13. El consumo humano y animal, vestuario, elementos de aseo y medicamentos para uso humano o veterinario, materiales de construcción que se introduzcan y comercialicen a los departamentos de Guainía, Guaviare, Vaupés y Vichada, siempre y cuando se destinen exclusivamente al consumo dentro del mismo departamento. El Gobierno nacional reglamentará la materia para garantizar que la exclusión del IVA se aplique en las ventas al consumidor final.
17. Las bicicletas, bicicletas eléctricas, motos eléctricas, patines, monopatines, monopatines eléctricos, patinetas, y patinetas eléctricas, de hasta 50 UVT.
18. La venta de los bienes facturados por los comerciantes definidos en el parágrafo 2 del
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Si no se aplica correctamente la exclusión del IVA, podrías enfrentar sanciones o un mayor costo fiscal al no poder deducir el impuesto en tus operaciones.
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