Se establecen requisitos para la aplicacion de la exencion del IVA sobre bienes cubiertos, incluyendo la necesidad de expedir factura electronica. Esto asegura un control adecuado.
REQUISITOS PARA LA PROCEDENCIA DE LA EXENCIÓN.
1. Responsable y adquiriente. El responsable del impuesto sobre las ventas (IVA) solamente puede enajenar los bienes cubiertos en locales comerciales físicos y al detal ubicados en territorio colombiano, y directamente y de forma presencial, a la persona natural que sea el consumidor final de dichos bienes cubiertos.
2. Factura o documento equivalente, y entrega de los bienes cubiertos. La obligación de expedir factura o documento equivalente debe cumplirse mediante el sistema de factura electrónica, en la cual debe identificarse al adquiriente consumidor final de dichos bienes cubiertos.
La factura electrónica de los bienes cubiertos que sea expedida al consumidor final, debe ser emitida en alguno de los periodos de que trata el
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Cumplir con estos requisitos es fundamental para beneficiarse de la exencion. No hacerlo puede resultar en la perdida de ingresos y sanciones fiscales.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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