Se establece una tabla para determinar la cotización mensual en salud de los pensionados para los años 2020 y 2021, con cambios a partir de 2022. Esto afecta directamente a los ingresos de los pensionados.
de la Ley 100 de 1993, el cual quedará así:
PARÁGRAFO 5o.
La cotización mensual en salud al régimen contributivo a cargo de los pensionados para los años 2020 y 2021 se determinará mediante la siguiente tabla:
Mesada pensional en salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV)
Cotización mensual en salud
1 SMLMV
8%
>1 SMLMV y hasta 2 SMLMV
10%
>2 SMLMV y hasta 5 SMLMV
12%
>5 SMLMV y hasta 8 SMLMV
12%
>8 SMLMV
12%
A partir del año 2022, se aplicará la siguiente tabla:
Mesada pensional en salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV)
Cotización mensual en salud
1 SMLMV
4%
>1 SMLMV y hasta 2 SMLMV
10%
>2 SMLMV y hasta 5 SMLMV
12%
>5 SMLMV y hasta 8 SMLMV
12%
>8 SMLMV
12%
Jurisprudencia Vigencia
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este artículo afecta el flujo de efectivo de los pensionados, ya que la cotización puede impactar sus ingresos disponibles. Es crucial para la planificación financiera de los pensionados.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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