Se realizan modificaciones al artículo 188, afectando su contenido y aplicación. Detalles específicos no se proporcionan en este resumen.
del Estatuto Tributario, el cual quedará así:
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Es esencial revisar estas modificaciones para garantizar que su empresa cumpla con las nuevas disposiciones y evitar sanciones.
Anterior
Art. 119. Disposiciones del Estatuto Tributario
Siguiente
Art. 91. Modificaciones al artículo 91
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo