L2010

Artículo 140. Defensor del Contribuyente

Se ordena al Gobierno nacional ampliar la planta de personal del Órgano Especial Defensor del Contribuyente para garantizar los derechos de los contribuyentes y usuarios aduaneros.

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Texto Legal

DEFENSOR DEL CONTRIBUYENTE.

Con el fin de garantizar el respeto a los derechos de los contribuyentes, responsables, agentes de retención, declarantes y usuarios aduaneros, el Gobierno nacional deberá tomar las medidas que busquen ampliar la planta de personal del Órgano Especial Defensor del Contribuyente y del Usuario Aduanero en el porcentaje que determine el estudio técnico correspondiente.


El Órgano Especial Defensor del Contribuyente y del Usuario Aduanero, como mínimo, contará con un delegado por cada una de las Direcciones Seccionales Tipo III, previa disponibilidad presupuestal.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La ampliación del personal del defensor del contribuyente puede facilitar el acceso a la defensa de tus derechos fiscales. Aprovecha este recurso si enfrentas disputas con la administración tributaria.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 140 del L2010?

Se ordena al Gobierno nacional ampliar la planta de personal del Órgano Especial Defensor del Contribuyente para garantizar los derechos de los contribuyentes y usuarios aduaneros.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 140 de la Ley Crecimiento 2019?

La ampliación del personal del defensor del contribuyente puede facilitar el acceso a la defensa de tus derechos fiscales. Aprovecha este recurso si enfrentas disputas con la administración tributaria.

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