Este articulo fue declarado inexequible a partir del 1o. de enero de 2020, lo que implica que ya no es aplicable. Las empresas deben adaptarse a la normativa vigente.
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Modifíquese el
Interpretación práctica por el equipo de SDV
No se debe considerar este articulo en la planeacion fiscal, ya que no tiene efecto legal.
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Art. 375. Modificación de la Ley 1819
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Art. 408. Modificación del Estatuto Tributario
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