L1943

Artículo 640. Sanciones por Infracciones

Se establecen sanciones para proveedores tecnológicos que incurran en infracciones, incluyendo la cancelación de su habilitación.

sancionesinfraccionesproveedores

Texto Legal

del Estatuto Tributario, por incurrir en la misma infracción que generó la sanción u otra de las establecidas en el mismo numeral, el proveedor tecnológico y/o el proveedor autorizado será sancionado con la cancelación de la habilitación y sólo podrá ejercer como proveedor tecnológico y/o proveedor autorizado, trascurrido un (1) año de haber sido cancelada su habilitación, para lo cual deberá surtir nuevamente el procedimiento previsto para ello.


Las sanciones previstas en este artículo se impondrán aplicando el procedimiento establecido en la oportunidad establecida en el

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las sanciones a proveedores pueden interrumpir el acceso a servicios clave, lo que podría afectar la operatividad de los contribuyentes que dependen de ellos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 640 del L1943?

Se establecen sanciones para proveedores tecnológicos que incurran en infracciones, incluyendo la cancelación de su habilitación.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 640 de la Ley de Financiamiento 2018?

Las sanciones a proveedores pueden interrumpir el acceso a servicios clave, lo que podría afectar la operatividad de los contribuyentes que dependen de ellos.

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