L1819

Artículo 912. Retención sobre ingresos electrónicos

Los ingresos generados a través de tarjetas de crédito y otros mecanismos electrónicos no están sujetos a retención en la fuente para los contribuyentes del monotributo.

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Texto Legal

Retención en la fuente sobre ingresos de tarjetas de crédito, débito y otros mecanismos de pagos electrónicos
.
Los pagos o abonos en cuenta susceptibles de constituir ingreso tributario para los contribuyentes del monotributo, por concepto de ventas de bienes o servicios realizadas a través de los sistemas de tarjetas de crédito y/o débito y otros mecanismos de pagos electrónicos no están sometidos a retención en la fuente.


CAPÍTULO III.


Disposiciones varias

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Esto puede representar una oportunidad para optimizar tus ingresos, ya que puedes recibir pagos sin la carga de retenciones, mejorando tu liquidez.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 912 del L1819?

Los ingresos generados a través de tarjetas de crédito y otros mecanismos electrónicos no están sujetos a retención en la fuente para los contribuyentes del monotributo.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 912 de la Reforma Estructural 2016?

Esto puede representar una oportunidad para optimizar tus ingresos, ya que puedes recibir pagos sin la carga de retenciones, mejorando tu liquidez.

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