Se establece una exención para ciertas cuentas corrientes y de ahorro, lo que puede beneficiar a las sociedades. Es relevante para la estrategia financiera.
del Estatuto Tributario el cual quedará así:
Para efectos de esta exención, las sociedades podrán marcar como exentas del Gravamen a los Movimientos Financieros hasta cinco (5) cuentas corrientes o de ahorro o cuentas de patrimonios autónomos, en todo el sistema financiero destinadas única y exclusivamente a estas operaciones y cuyo objeto sea el recaudo, desembolso y pago del fondeo de las mismas. En caso de tratarse de fondos de inversión colectiva o fideicomisos de inversión colectiva o fideicomiso que administre, destinado a este tipo de operaciones.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Las exenciones pueden ofrecer oportunidades de ahorro fiscal, pero es crucial asegurarse de que las cuentas cumplan con los requisitos establecidos.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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