Se establece el plazo para la notificacion de requerimientos relacionados con declaraciones tributarias. Es crucial para el cumplimiento de obligaciones fiscales.
deberá notificarse a más tardar dentro de los tres (3) años siguientes a la fecha de vencimiento del plazo para declarar. Cuando la declaración inicial se haya presentado en forma extemporánea, los tres (3) años se contarán a partir de la fecha de presentación de la misma. Cuando la declaración tributaria presente un saldo a favor del contribuyente o responsable, el requerimiento deberá notificarse a más tardar tres (3) años después de la fecha de presentación de la solicitud de devolución o compensación respectiva.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
El incumplimiento en la notificacion de requerimientos puede resultar en sanciones o en la perdida de derechos a defensa, por lo que es vital llevar un control riguroso de estos plazos.
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