L1819

Artículo 665. Sanciones por Omisiones

El Articulo 665 establece sanciones por omisiones en la presentación de declaraciones y pagos. Es crucial para los agentes retenedores y responsables del impuesto sobre las ventas.

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Texto Legal

de este Estatuto se tendrán en cuenta para la aplicación de esta sanción, siempre que se demuestre tal situación en la respuesta al pliego de cargos.


PARÁGRAFO 1o.
Cuando el lugar clausurado fuere adicionalmente casa de habitación, se permitirá el acceso de las personas que lo habitan, pero en él no podrán efectuarse operaciones mercantiles ni el desarrollo de la actividad, profesión u oficio por el tiempo que dure la sanción y, en todo caso, se impondrán los sellos correspondientes.


PARÁGRAFO 2o.
La sanción a que se refiere el presente artículo se impondrá mediante resolución, previo traslado de cargos a la persona o entidad infractora, quien tendrá un término de diez (10) días para responder. Salvo lo previsto en el numeral 3 de este artículo, la sanción se hará efectiva dentro de los diez (10) días siguientes al agotamiento en sede administrativa.


PARÁGRAFO 3o.
Sin perjuicio de las sanciones de tipo policivo en que incurra el contribuyente, responsable o agente retenedor cuando rompa los sellos oficiales o por cualquier medio abra o utilice el sitio o sede clausurado durante el término de la clausura, se incrementará el término de clausura al doble del inicialmente impuesto.


Esta ampliación de la sanción de clausura se impondrá mediante resolución, previo traslado de cargos por el término de diez (10) días para responder.


PARÁGRAFO 4o.
Para dar aplicación a lo dispuesto en el presente artículo, las autoridades de policía deberán prestar su colaboración cuando los funcionarios competentes de la Administración Tributaria así lo requieran.


PARÁGRAFO 5o.
Se entiende por doble facturación la expedición de dos facturas por un mismo hecho económico, aun cuando alguna de estas no cumpla con los requisitos formales del

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La omisión en la presentación de declaraciones puede llevar a sanciones severas, por lo que es esencial cumplir con los plazos establecidos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 665 del L1819?

El Articulo 665 establece sanciones por omisiones en la presentación de declaraciones y pagos. Es crucial para los agentes retenedores y responsables del impuesto sobre las ventas.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 665 de la Reforma Estructural 2016?

La omisión en la presentación de declaraciones puede llevar a sanciones severas, por lo que es esencial cumplir con los plazos establecidos.

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