L1819

Artículo 638. Plazo para responder pliego de cargos

El investigado tiene un mes para responder al pliego de cargos notificado, presentar descargos y solicitar pruebas. Este plazo es crucial para la defensa en procesos tributarios.

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Texto Legal

del Estatuto Tributario. El investigado dispondrá de un mes contado a partir de la notificación del pliego de cargos para dar respuesta, presentar los descargos y solicitar las pruebas que considere pertinente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

No responder a tiempo puede resultar en la aceptación de los cargos en su contra, afectando su situación fiscal y generando sanciones.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 638 del L1819?

El investigado tiene un mes para responder al pliego de cargos notificado, presentar descargos y solicitar pruebas. Este plazo es crucial para la defensa en procesos tributarios.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 638 de la Reforma Estructural 2016?

No responder a tiempo puede resultar en la aceptación de los cargos en su contra, afectando su situación fiscal y generando sanciones.

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