L1819

Artículo 631. Obligaciones de Sociedades Colombianas

Este articulo establece obligaciones adicionales para sociedades colombianas respecto a la identificación de beneficiarios efectivos. Es clave para la regulación fiscal.

sociedades colombianasobligacionesregulacion fiscal

Texto Legal

al Estatuto Tributario los cuales quedarán así:


n)Las sociedades colombianas que sean subsidiarias o filiales de sociedades de nacionales o del exterior, los establecimientos permanentes de empresas del exterior, patrimonios autónomos, fondos de inversión colectiva, deberán identificar a sus beneficiarios efectivos en los términos del

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las sociedades deben implementar procesos para identificar y reportar beneficiarios efectivos, ya que el incumplimiento puede llevar a sanciones económicas y legales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 631 del L1819?

Este articulo establece obligaciones adicionales para sociedades colombianas respecto a la identificación de beneficiarios efectivos. Es clave para la regulación fiscal.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 631 de la Reforma Estructural 2016?

Las sociedades deben implementar procesos para identificar y reportar beneficiarios efectivos, ya que el incumplimiento puede llevar a sanciones económicas y legales.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 631 del L1819?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 631 L1819 desde tu celular