Se añade un parrafo al Articulo 60 que establece nuevas definiciones sobre activos. Esto es relevante para la correcta contabilizacion de tus bienes.
del Estatuto Tributario el siguiente parágrafo:
PARÁGRAFO.
Para los contribuyentes obligados a llevar contabilidad los activos movibles corresponden a los inventarios. Los activos fijos corresponden a todos aquellos activos diferentes a los inventarios y se clasificarán de acuerdo con los nuevos marcos técnicos normativos, tales como propiedad, planta y equipo, propiedades de inversión, activos no corrientes mantenidos para la venta.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Asegurate de entender estas nuevas definiciones para evitar errores en la contabilizacion y posibles problemas con la autoridad fiscal.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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