L1819

Artículo 572. Facultad de administracion de herencias

Se establece que los herederos que aceptan una herencia tienen la facultad de administrar los bienes sin necesidad de autorización adicional. Esto simplifica el proceso sucesorio.

herenciasadministracionsucesiones

Texto Legal

del Estatuto Tributario con el siguiente literal y parágrafo:


i)Representantes legales o apoderados de las sociedades o empresas receptoras de inversión extranjera, por las sociedades inversionistas.


PARÁGRAFO.
Para efectos del literal d), se presumirá que todo heredero que acepte la herencia tiene la facultad de administración de bienes, sin necesidad de disposición especial que lo autorice.


Cuando no se haya iniciado el proceso de sucesión ante notaría o juzgado, los herederos, de común acuerdo, podrán nombrar un representante de la sucesión mediante documento autenticado ante notario o autoridad competente, en el cual manifiesten bajo la gravedad de juramento que el nombramiento es autorizado por los herederos conocidos.


De existir un único heredero, este deberá suscribir un documento debidamente autenticado ante notario o autoridad competente a través del cual manifieste que ostenta dicha condición.


Tratándose de menores o incapaces, el documento mencionado se suscribirá por los representantes o apoderados debidamente acreditados.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La simplificacion en la administracion de herencias puede acelerar la gestion de bienes, pero es crucial documentar adecuadamente el nombramiento de representantes para evitar conflictos futuros.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 572 del L1819?

Se establece que los herederos que aceptan una herencia tienen la facultad de administrar los bienes sin necesidad de autorización adicional. Esto simplifica el proceso sucesorio.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 572 de la Reforma Estructural 2016?

La simplificacion en la administracion de herencias puede acelerar la gestion de bienes, pero es crucial documentar adecuadamente el nombramiento de representantes para evitar conflictos futuros.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 572 del L1819?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 572 L1819 desde tu celular