El artículo establece cómo los prestadores de servicios desde el exterior deberán cumplir con sus obligaciones fiscales. La resolución de la DIAN será clave para su implementación.
del Estatuto Tributario, así:
PARÁGRAFO 2o.
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales establecerá mediante resolución el procedimiento mediante el cual los prestadores de servicios desde el exterior cumplirán con sus obligaciones, entre ellas la de declarar y pagar, en su calidad de responsables cuando los servicios prestados se encuentren gravados.
La obligación aquí prevista solamente se hará exigible a partir del 1o de julio de 2018, salvo en aquellos casos previstos en el numeral 3 del
Interpretación práctica por el equipo de SDV
El incumplimiento de estas obligaciones puede resultar en sanciones significativas, por lo que es vital que las empresas se preparen para cumplir con estas nuevas exigencias.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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