Se redefine qué se considera activo en el contexto tributario, excluyendo ciertos elementos. Esta definición es clave para la valoración de activos.
del Estatuto Tributario el cual quedará así:
PARÁGRAFO 1o.
Sin perjuicio de lo establecido en este estatuto, se entenderá como activo los recursos controlados por la entidad como resultado de eventos pasados y de los cuales se espera que fluyan beneficios económicos futuros para la entidad. No integran el patrimonio bruto los activos contingentes de conformidad con la técnica contable, ni el activo por impuesto diferido, ni las operaciones de cobertura y de derivados por los ajustes de medición a valor razonable.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La nueva definición de activo puede afectar tu balance y la forma en que reportas impuestos. Asegúrate de ajustar tus registros contables en consecuencia.
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Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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