Este articulo establece que el sujeto activo es responsable del recaudo de la contribucion nacional de valorizacion. Los recursos obtenidos pueden ser destinados al sujeto activo o al Fondo Nacional para el Desarrollo de la Infraestructura, segun lo determine el Gobierno nacional.
RECAUDO DE LA CONTRIBUCIÓN NACIONAL DE VALORIZACIÓN.
El sujeto activo es el responsable de realizar el recaudo de la contribución nacional de valorización en forma directa.
Los recursos obtenidos por el cobro de la Contribución Nacional de Valorización, son del sujeto activo o del Fondo Nacional para el Desarrollo de la Infraestructura (Fondes), según lo determine el Gobierno nacional.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
El incumplimiento en el recaudo puede generar problemas de liquidez y afectar la capacidad de financiamiento de proyectos de infraestructura, lo que puede impactar en el desarrollo regional.
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Art. 250. Plazos para distribuir la contribución
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Art. 252. Formas de Pago de la Contribucion
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