El órgano directivo competente aplicará el cobro de la contribución nacional de valorización según la política definida por el CONPES para cada proyecto de infraestructura.
APLICACIÓN DEL COBRO DE LA CONTRIBUCIÓN.
El máximo órgano directivo del sujeto activo es el competente para aplicar el cobro de la contribución nacional de valorización para cada proyecto de infraestructura, de acuerdo con la política definida por el CONPES para la aplicación de la Contribución Nacional de Valorización, previo al acto que decrete la contribución para el respectivo proyecto.
La Contribución Nacional de Valorización se podrá aprobar antes o durante de la ejecución del proyecto.
Notas de Vigencia
Jurisprudencia Vigencia
Legislación Anterior
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Conocer quién aplica el cobro y cómo se determina puede ayudarte a anticipar obligaciones y evitar sorpresas financieras.
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Art. 248. Método de distribución de la contribución
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Art. 250. Plazos para distribuir la contribución
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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