L1819

Artículo 145. Deterioros y deducciones

Este artículo establece que los deterioros no generados como deducción no serán gravados. Es importante entender cómo esto afecta la carga fiscal.

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Texto Legal

del Estatuto Tributario, no serán objeto del impuesto sobre la renta y complementarios en la medida en que dichos deterioros no hayan generado un costo o gasto deducible de impuestos en períodos anteriores.


8. Los pasivos por ingresos diferidos producto de programas de fidelización de clientes deberán ser reconocidos como ingresos en materia tributaria, a más tardar, en el siguiente período fiscal o en la fecha de caducidad de la obligación si este es menor.


9. Los ingresos provenientes por contraprestación variable, entendida como aquella sometida a una condición –como, por ejemplo, desempeño en ventas, cumplimiento de metas, etc.–, no serán objeto del impuesto sobre la renta y complementarios sino hasta el momento en que se cumpla la condición.


10. Los ingresos que de conformidad con los marcos técnicos normativos contables deban ser presentados dentro del otro resultado integral, no serán objeto del impuesto sobre la renta y complementarios, sino hasta el momento en que, de acuerdo con la técnica contable, deban ser presentados en el estado de resultados, o se reclasifique en el otro resultado integral contra un elemento del patrimonio, generando una ganancia para fines fiscales producto de la enajenación, liquidación o baja en cuentas del activo o pasivo cuando a ello haya lugar.


PARÁGRAFO 1o.
Cuando en aplicación de los marcos técnicos normativos contables, un contrato con un cliente no cumpla todos los criterios para ser contabilizado, y, en consecuencia, no haya lugar al reconocimiento de un ingreso contable, pero exista el derecho a cobro, para efectos fiscales se entenderá realizado el ingreso en el período fiscal en que surja este derecho por los bienes transferidos o los servicios prestados, generando una diferencia.


PARÁGRAFO 2o.
Entiéndase por interés implícito el que se origina en aquellas transacciones de financiación, que tienen lugar cuando los pagos se extienden más allá de los términos de la política comercial y contable de la empresa, o se financia a una tasa que no es una tasa de mercado.


PARÁGRAFO 3o.
Para efectos del numeral 8 del presente artículo, se entenderá por programas de fidelización de clientes aquellos en virtud de los cuales, como parte de una transacción de venta, un contribuyente concede una contraprestación condicionada y futura a favor del cliente, que puede tomar la forma de un descuento o un crédito.


PARÁGRAFO 4o.
Para los distribuidores minoristas de combustibles líquidos y derivados del petróleo, aplicará lo consagrado en el

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

No reconocer adecuadamente los deterioros puede resultar en una carga fiscal mayor, ya que podrías estar pagando impuestos sobre ingresos que no son realizables.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 145 del L1819?

Este artículo establece que los deterioros no generados como deducción no serán gravados. Es importante entender cómo esto afecta la carga fiscal.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 145 de la Reforma Estructural 2016?

No reconocer adecuadamente los deterioros puede resultar en una carga fiscal mayor, ya que podrías estar pagando impuestos sobre ingresos que no son realizables.

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