ley-17336-propiedad-intelectual

Artículo 63.

Texto Legal

Artículo 63.- La participación del autor en los ingresos de la taquilla tiene la calidad de un depósito en poder del empresario a disposición del autor y no será afectada por ningún embargo dictado en contra de los bienes del empresario. Si el empresario, al ser requerido por el autor, no le entregare la participación que mantiene en depósito, la autoridad judicial competente, a solicitud del interesado, ordenará la suspensión de las representaciones de la obra o la retención del producto de las entradas, sin perjuicio del derecho del autor para dejar sin efecto el contrato e iniciar las acciones a que hubiere lugar.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 63 del ley-17336-propiedad-intelectual?

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 63 del ley-17336-propiedad-intelectual?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 63 ley-17336-propiedad-intelectual desde tu celular