Este articulo establece las condiciones bajo las cuales se puede presentar una declaracion virtual sin la firma autografica en caso de fuerza mayor. Es crucial que el declarante presente prueba de los hechos constitutivos de la fuerza mayor para validar la declaracion.
de este Estatuto, siempre y cuando la declaración virtual se presente a más tardar al día siguiente a aquel en que los servicios informáticos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales se hayan restablecido o la situación de fuerza mayor se haya superado. En este último evento, el declarante deberá remitir a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales prueba de los hechos constitutivos de la fuerza mayor.
Cuando se adopten dichos medios, el cumplimiento de la obligación de declarar no requerirá para su validez de la firma autógrafa del documento.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Si no se presenta la prueba de fuerza mayor, la declaracion puede ser considerada invalida, lo que generaria sanciones y problemas con la autoridad fiscal.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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