Este articulo establece las tarifas del Impuesto Nacional a la gasolina y al ACPM, con ajustes anuales basados en la inflacion. Es fundamental para la correcta liquidacion de impuestos sobre combustibles.
de la Ley 1819 de 2016. El nuevo texto es el siguiente:> El Impuesto Nacional a la gasolina corriente se liquidará a razón de $490 por galón, el de gasolina extra a razón de $930 por galón y el Impuesto Nacional al ACPM se liquidará a razón de $469 por galón. Los demás productos definidos como gasolina y ACPM de acuerdo con la presente ley, distintos a la gasolina extra, se liquidará a razón de $490.
PARÁGRAFO 1o.
El valor del Impuesto Nacional se ajustará cada primero de febrero con la inflación del año anterior, a partir del primero de febrero de 2018.
Notas de Vigencia
Jurisprudencia Vigencia
Legislación Anterior
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Las tarifas fijas y su ajuste anual impactan directamente en los costos operativos de empresas que manejan combustibles. Ignorar estos cambios puede resultar en pagos incorrectos.
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