Este articulo regula la celebracion de contratos estatales por parte de quienes han tenido relaciones familiares o de sociedad con funcionarios. Busca evitar conflictos de interes en la contratacion estatal.
Quien haya celebrado un contrato estatal de obra pública, de concesión, suministro de medicamentos y de alimentos o su cónyuge, compañero o compañera permanente, pariente hasta el segundo grado de consaguinidad, segundo de afinidad y/o primero civil o sus socios en sociedades distintas de las anónimas abiertas, con las entidades a que se refiere el
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Si tiene relaciones familiares con funcionarios, debe ser transparente en sus contratos para evitar sanciones. La falta de disclosure puede resultar en la nulidad del contrato.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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