El articulo 405 aborda el cohecho impropio, que se refiere a la aceptacion de beneficios por parte de un servidor publico sin que exista un acto de su competencia a cambio. Este delito también compromete la transparencia y la ética en la administración pública.
); Cohecho impropio (C.P.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este articulo implica riesgos significativos para los servidores publicos, ya que la aceptacion de beneficios, aunque no se relacione directamente con un acto, puede ser objeto de sanciones penales y administrativas.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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