Se establecen excepciones a la responsabilidad administrativa para ciertas entidades. Este artículo es importante para entender las limitaciones de la ley.
de la Ley 1437 de 2011.
PARÁGRAFO 2o.
Lo dispuesto en los artículos
34
y
34-1
de la presente ley no serán aplicables para la Superintendencia de Industria y Comercio.
PARÁGRAFO 3o.
Cuando la prestación del servicio esté a cargo de una entidad pública o se trate de un notario, curador o ente territorial que preste directamente servicios públicos domiciliarios, se aplicarán las normas de responsabilidad propias de los funcionarios públicos por las entidades competentes.
Notas de Vigencia
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Las entidades deben estar al tanto de estas excepciones para evitar sanciones innecesarias, pero también deben asegurarse de cumplir con las normativas aplicables.
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