EAI

Artículo 313. Sanciones por evasion fiscal

Se establecen penas de prision y multas para quienes no declaren ingresos en el sector salud. Este articulo busca combatir la evasion fiscal y asegurar el cumplimiento de obligaciones tributarias.

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Texto Legal

de la Ley 599 de 2000, quedará así:


El concesionario, representante legal, administrador o empresario legalmente autorizado para la explotación de un monopolio rentístico, que incumpla total o parcialmente con la entrega de las rentas monopolísticas que legalmente les correspondan a los servicios de salud y educación, incurrirá en prisión de cinco (5) años a diez (10) años y multa de hasta 1.020.000 UVT.


En la misma pena incurrirá el concesionario, representante legal, administrador o empresario legalmente autorizado para la explotación de un monopolio rentístico que no declare total o parcialmente los ingresos percibidos en el ejercicio del mismo, ante la autoridad competente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las empresas deben llevar un control riguroso de sus ingresos y cumplir con sus obligaciones fiscales para evitar sanciones que pueden incluir prision.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 313 del EAI?

Se establecen penas de prision y multas para quienes no declaren ingresos en el sector salud. Este articulo busca combatir la evasion fiscal y asegurar el cumplimiento de obligaciones tributarias.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 313 de la Estatuto Anticorrupción?

Las empresas deben llevar un control riguroso de sus ingresos y cumplir con sus obligaciones fiscales para evitar sanciones que pueden incluir prision.

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