Las prohibiciones del Código de Comercio no aplican a las sociedades por acciones simplificadas, a menos que se disponga lo contrario en los estatutos. Esto otorga flexibilidad a la sociedad.
SUPRESIÓN DE PROHIBICIONES.
Las prohibiciones contenidas en los artículos
155
,
185
,
202
,
404
,
435
y
454
del Código de Comercio no se les aplicarán a las sociedades por acciones simplificadas, a menos que en los estatutos se disponga lo contrario.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
No considerar las disposiciones estatutarias puede llevar a la aplicación errónea de prohibiciones, limitando la operatividad y flexibilidad de la sociedad.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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