La liquidación del patrimonio se regirá por el procedimiento de las sociedades de responsabilidad limitada, asegurando un proceso ordenado y transparente.
LIQUIDACIÓN.
La liquidación del patrimonio se realizará conforme al procedimiento señalado para la liquidación de las sociedades de responsabilidad limitada. Actuará como liquidador, el representante legal o la persona que designe la asamblea de accionistas.
CAPITULO VI
DISPOSICIONES FINALES.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
No seguir el procedimiento adecuado de liquidación puede llevar a disputas entre acreedores y accionistas, complicando el cierre de la sociedad y generando costos adicionales.
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Art. 35. Enervamiento de Causales de Disolución
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Art. 37. Aprobación de Estados Financieros
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