LSAS

Artículo 22. Quorum y mayorias en la asamblea

La asamblea deliberará con al menos la mitad más una de las acciones suscritas. Las decisiones se tomarán por mayoría, salvo que se estipule lo contrario en los estatutos.

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Texto Legal

QUÓRUM Y MAYORÍAS EN LA ASAMBLEA DE ACCIONISTAS.
Salvo estipulación en contrario, la asamblea deliberará con uno o varios accionistas que representen cuando menos la mitad más una de las acciones suscritas.


Las determinaciones se adoptarán mediante el voto favorable de un número singular o plural de accionistas que represente cuando menos la mitad más una de las acciones presentes, salvo que en los estatutos se prevea una mayoría decisoria superior para algunas o todas las decisiones.


PARÁGRAFO.
En las sociedades con accionista único las determinaciones que le correspondan a la asamblea serán adoptadas por aquel. En estos casos, el accionista dejará constancia de tales determinaciones en actas debidamente asentadas en el libro correspondiente de la sociedad.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Un quorum inadecuado puede llevar a decisiones inválidas, lo que podría resultar en impugnaciones y conflictos legales entre accionistas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 22 del LSAS?

La asamblea deliberará con al menos la mitad más una de las acciones suscritas. Las decisiones se tomarán por mayoría, salvo que se estipule lo contrario en los estatutos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 22 de la Ley SAS?

Un quorum inadecuado puede llevar a decisiones inválidas, lo que podría resultar en impugnaciones y conflictos legales entre accionistas.

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