La sociedad por acciones simplificada puede ser constituida por una o varias personas, quienes solo serán responsables hasta el monto de sus aportes. Este artículo establece la limitación de responsabilidad de los accionistas frente a las obligaciones de la sociedad.
CONSTITUCIÓN.
La sociedad por acciones simplificada podrá constituirse por una o varias personas naturales o jurídicas, quienes sólo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes.
Salvo lo previsto en el
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este artículo es fundamental para entender la limitación de responsabilidad en la constitución de la sociedad, lo que protege el patrimonio personal de los accionistas ante deudas de la empresa.
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