Los párrafos 21 y 22 fueron modificados por la NICSP 47, Ingresos emitida en mayo de 2023. Una entidad aplicará esta modificación para los estados financieros anuales que cubran periodos que comiencen a partir del 1 de enero de 2026. Se aconseja su aplicación anticipada. Si una entidad aplicase las modificaciones para un periodo que comience antes del 1 de enero de 2026, revelará este hecho y al mismo tiempo aplicará la NICSP 47. Ejemplos Ilustrativos Notas al Estado de Flujos de Efectivo (b) Propiedades, planta y equipo Durante el periodo, la entidad económica adquirió propiedades, planta y equipo por un costo global de X, de los cuales un importe de X fueron adquiridos mediante subvenciones transferencias de capital del gobierno central. Se hicieron pagos por importe de X por la compra de propiedades, planta y equipo.
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