NICSP 24

Artículo 15. NICSP 24 — Aplicación Párrafo 15

Texto Legal

La presentación en los estados financieros de los importes iniciales y finales del presupuesto según una base comparable con el presupuesto que se pone a disposición pública, completará el ciclo de rendición de cuentas permitiendo a los usuarios de los estados financieros identificar si los recursos se obtuvieron y utilizaron de acuerdo con el presupuesto aprobado. Las diferencias entre los importes reales y los importes del presupuesto, tanto sobre el presupuesto inicial o como sobre el final (a menudo referidas como la variación en la contabilidad), pueden presentarse también en los estados financieros para completar la información.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 15 del NICSP 24?

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