La Camara de Senadores puede remover al Jefe de Gobierno por causas graves que afecten relaciones con Poderes de la Union u orden publico. Requiere solicitud de mitad de miembros.
El Jefe de Gobierno del Distrito Federal podrá ser removido de su cargo por la Cámara de Senadores, o en sus recesos por la Comisión Permanente, por causas graves que afecten las relaciones con los Poderes de la Unión o el orden público en el Distrito Federal. La solicitud de remoción deberá ser presentada por la mitad de los miembros de la Cámara de Senadores o de la Comisión Permanente, de acuerdo con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el presente Estatuto. Artículo reformado DOF 04-12-1997
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Mecanismo de control politico relevante para abogados administrativistas. Define causales de destitucion lo que afecta estabilidad de politicas publicas. Importante para planificacion a largo plazo de operaciones administrativas y fiscales.
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Art. 26. Remocion y sustitucion del Jefe de Gobierno
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