ACUERDO por el que se emite la Convocatoria para otorgar el Premio a la Pesca y Acuacultura Sustentables 2026. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Agricultura.- Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural. JULIO ANTONIO BERDEGUÉ SACRISTÁN, Secretario de Agricultura y Desarrollo Rural, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 14, 17, 26 fracción XI y 35 fracciones XXI y XXVI de la L
ACUERDO por el que se emite la Convocatoria para otorgar el Premio a la Pesca y Acuacultura Sustentables 2026. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Agricultura.- Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural. JULIO ANTONIO BERDEGUÉ SACRISTÁN, Secretario de Agricultura y Desarrollo Rural, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 14, 17, 26 fracción XI y 35 fracciones XXI y XXVI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 3, 8 fracciones I, II, XV, XLI y XLII, 151 y 152 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1, 2, apartado B fracción II, 5 fracción XXV, 45 y séptimo transitorio del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 2025, en correlación con el artículo Octavo Transitorio del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, publicado el 3 de mayo de 2021, en correlación con el Octavo Transitorio del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de abril de 2012, el cual hace alusión a las atribuciones de la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca, previstas en los artículos 37 al 60 del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de julio de 2001 y 1, 2 fracciones I y XXXIV y 7 fracción XXXI del Decreto por el que se crea la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de junio de 2001, y CONSIDERANDO
Que es facultad de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, organizar el Premio a la Pesca y Acuacultura Sustentables, por conducto de la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca (CONAPESCA), en coordinación y colaboración con el Instituto Mexicano de Investigación en Pesca y Acuacultura Sustentables, con las comisiones de Pesca de las Cámaras de Diputados y Senadores del H. Congreso de la Unión y demás instancias públicas y privadas que estime pertinente. Que el 2 de noviembre de 2020, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se establece el procedimiento para otorgar anualmente el Premio a la Pesca y Acuacultura Sustentables, que tiene por objeto establecer el procedimiento para otorgar anualmente el Premio a la Pesca y Acuacultura Sustentables a personas físicas y morales mexicanas cuyo esfuerzo destaque en la realización de acciones trascendentes, de innovación, impacto, mejora o buenas prácticas desarrolladas en la pesca o acuacultura sustentables, incluyendo el ordenamiento, conservación, protección, aprovechamiento y restauración de la diversidad de los ecosistemas acuáticos, pesqueros y acuícolas, así como la generación e intercambio de conocimiento y comercialización de productos sustentables; asimismo, precisa que la convocatoria para otorgar el Premio a la Pesca y Acuacultura Sustentables será publicada anualmente en el Diario Oficial de la Federación. Por lo anterior y para que se otorgue el Premio a la Pesca y Acuacultura Sustentables, se expide el siguiente: ACUERDO POR EL QUE SE EMITE LA CONVOCATORIA PARA OTORGAR EL PREMIO A LA PESCA Y
ACUACULTURA SUSTENTABLES 2026
Con el objeto de reconocer a las personas físicas y morales mexicanas, cuyo esfuerzo destaque en la realización de acciones trascendentes, de innovación, impacto, mejora o buenas prácticas desarrolladas en la pesca o acuacultura sustentables, incluyendo el ordenamiento, conservación, protección, aprovechamiento y restauración de los ecosistemas acuáticos pesqueros y acuícolas, así como la generación e intercambio de conocimiento y comercialización de productos sustentables, conforme a las siguientes: BASES
1. Categorías de participación : I. Acuacultura rural. Personas físicas, sociedades cooperativas y pequeñas empresas de producción y comercialización que realizan programas y proyectos de acuacultura sustentable de pequeña escala, que aseguran la sanidad de la especie, minimicen el impacto a las poblaciones y ecosistemas y/o la responsabilidad social, generando beneficios a nivel comunitario, regional y nacional. II. Acuacultura comercial. Personas físicas, sociedades cooperativas y empresas de producción y comercialización que realizan programas y proyectos de acuacultura sustentable a gran escala, que aseguran la sanidad de la especie, minimizan el impacto a las poblaciones y ecosistemas, la responsabilidad social y/o aplican innovación tecnológica, generando beneficios a nivel municipal, estatal, regional y/o nacional. III. Pesca comercial de pequeña escala. Personas físicas, sociedades cooperativas y pequeñas empresas de producción y comercialización que realizan programas y proyectos de pesca sustentable de pequeña escala, que aseguran la sanidad de las especies objetivo, minimicen el impacto al ecosistema, garanticen un sistema de manejo funcional y transparente, la responsabilidad social y/o aplican innovación tecnológica, generando beneficios a nivel municipal, estatal, regional y/o nacional. IV. Pesca comercial de gran escala. Personas físicas, sociedades cooperativas y empresas de producción y comercialización pesquera a gran escala que realizan programas y proyectos de manejo sustentable de los recursos y ecosistemas, incluyendo prácticas que aseguran la sanidad de las especies objetivo, el menor impacto al ecosistema, un sistema de manejo funcional y transparente, la responsabilidad social y/o aplican innovación tecnológica, generando impactos y beneficios a nivel municipal, estatal, regional y/o nacional. V. Investigación pesquera o acuícola . Personas físicas, centros de investigación y organizaciones de la sociedad civil, cuyas contribuciones a la ciencia hayan impulsado prácticas de pesca y acuacultura sustentables, incluyendo investigación básica o aplicada, que contribuyan a la recuperación de las especies objetivo y ecosistemas, sistemas de manejo funcional y transparente, responsabilidad social, comercialización e innovación tecnológica. Se reconocerán esfuerzos sobresalientes a nivel municipal, estatal, regional y/o nacional. 2. Criterios de participación: I. Las personas candidatas deberán ser postuladas por una organización pública, privada o social relacionada con el sector pesquero y acuícola. No se aceptarán auto propuestas; II. No podrán ser postuladas como candidatas las personas que se encuentren en los supuestos siguientes: a. Las personas servidoras públicas pertenecientes al Congreso de la Unión, a la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, así como a sus órganos administrativos desconcentrados y de organismos descentralizados sectorizados a dicha Secretaría; b. Quienes estén sujetas a procedimientos de responsabilidad administrativa y/o penal o con procedimientos ante la CONAPESCA, la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente u otras instancias gubernamentales federales o locales; c. Quienes hayan recibido previamente algún premio, estimulo o reconocimiento por el mismo trabajo, proyecto o investigación otorgado por el Congreso de la Unión, la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, sus órganos administrativos desconcentrados y organismos descentralizados sectorizados a dicha Secretaría; d. Quienes hayan sido galardonadas con el Premio a la Pesca y Acuacultura Sustentables en la edición 2025, y e. Las personas morales que formen parte de un grupo empresarial, en el cual alguna de sus empresas integrantes haya sido galardonada en la edición 2025. III. Las personas candidatas se podrán postular solo en una categoría. 3. Requisitos de participación: I. Carta de postulación. Documento disponible para su descarga y llenado en la liga electrónica https://www.conapesca.gob.mx/wb/cona/premio_pesca_2026. En dicho formato, se deberán completar todos los campos requeridos que incluyen: a. De la persona candidata: nombre, dirección, teléfono y correo electrónico, categoría en la que participará, programa o proyecto que reflejen la innovación, impacto y trascendencia de sus esfuerzos en la sustentabilidad pesquera y/o acuícola. b. De la persona postulante : nombre, firma, teléfono y correo electrónico . II. Ficha técnica. Documento disponible para su descarga y llenado en la liga electrónica https:// www.conapesca.gob.mx/wb/cona/premio_pesca_2026; dicho documento no deberá exceder de cinco cuartillas, tamaño carta y contener la información detallada del programa o proyecto, estructurada conforme la categoría de participación seleccionada. III. Evidencias. Todas aquellas pruebas que avalen cada una de las acciones destacadas en la Ficha Técnica (fotografías, materiales didácticos, videos, reconocimientos, cartas de apoyo, entre otros); para la categoría de Investigación Pesquera y Acuícola, es requisito incluir el listado de publicaciones (liga electrónica) para comprobar trayectoria académica. IV. Lineamientos para el envío de archivos: a. El nombre de los archivos no deberá contener caracteres especiales tales como: letras acentuadas o letra ñ, espacios en blanco, signos de puntuación (comas, puntos, paréntesis, corchetes, comillas, guiones (medios o bajos), diagonales, símbolos matemáticos, asteriscos y barras). b. Todos los archivos deberán integrarse y enviarse en formato de carpetas comprimidas. c. Los formatos permitidos son: i. Fotografía: .jpeg y .png; ii. Documentos: .xls, .doc, .pdf y .ppt. d. Evidencias en video: Estas deberán indicarse en la Ficha Técnica únicamente mediante un hipervínculo o liga directa a YouTube o a la plataforma de hospedaje correspondiente. No se aceptarán archivos de video adjuntos en la carpeta comprimida. Cartas de apoyo: En caso de contar con ellas, las personas candidatas podrán adjuntar una o varias cartas para avalar su trayectoria y experiencia. Todas deberán estar debidamente firmadas e integradas en un solo archivo (preferentemente en PDF). No se recibirá ninguna evidencia que no cumpla con las especificaciones antes descritas; lo anterior será motivo de descalificación o rechazo a la postulación. 4. Registro y envío y/o entrega de documentos: Los requisitos establecidos en el numeral 3 de la presente Convocatoria (carta de postulación, ficha técnica y evidencias) deberán ser enviados en un solo correo electrónico o presentados físicamente en una sola exhibición; en caso contrario la postulación no será tomada en cuenta. Los medios para la recepción son los siguientes: I. Vía electrónica: deberá remitirse al correo electrónico institucional pesca.acua@conapesca.gob.mx. II. Correo certificado o servicio de mensajería: Enviado al domicilio de la CONAPESCA, ubicado en Avenida Camarón Sábalo No. 1210, fraccionamiento Sábalo Country Club, Código Postal 82100, en la Ciudad de Mazatlán, Sinaloa, en un horario de 9:00 a 15:00 horas. Para efectos de del cumplimiento de plazo, se tomará como fecha de recepción la que aparezca en el comprobante de envío o en el sello del servicio, siempre que este se encuentre dentro del periodo de vigencia de la presente Convocatoria. III. Entrega física de documentos. En oficialía de partes de la CONAPESCA, ubicada en la Ciudad de Mazatlán, Sinaloa, en Avenida Camarón Sábalo No. 1210, Fraccionamiento Sábalo Country Club, Código Postal 82100. El registro de candidaturas deberá realizarse dentro de los 30 días naturales, contados a partir del día de la publicación del presente Acuerdo. Una vez validado el cumplimiento de los requisitos establecidos en la presente Convocatoria, la CONAPESCA remitirá el número de folio de participación al correo electrónico de contacto proporcionado en la Carta de Postulación. Dicho folio será el único comprobante oficial de registro exitoso en el certamen. En caso de detectar requisitos o información faltante, la CONAPESCA notificará a la persona postulante vía correo electrónico, precisando las omisiones para que las subsane. Para tal efecto, se otorgará un plazo de 10 días hábiles contados a partir del día de la notificación, siempre que dicho plazo no exceda el periodo de cierre de la convocatoria. De no cumplir con lo solicitado en el tiempo estipulado se tendrá por no presentada. 5. Confidencialidad de la información La información que presenten las personas postulantes y la que se genere durante el proceso de evaluación, será considerada como reservada, en términos de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y será utilizada, únicamente, para fines del proceso de evaluación y selección. 6. Jurado Calificador El Jurado Calificador estará conformado por personas que no pertenezcan a la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural o a las instancias o instituciones organizadoras. Estará integrado por al menos 3 y máximo 5 personas expertas en las categorías siguientes: I) Acuacultura rural y comercial; II) Pesca comercial de pequeña y gran escala y III) Investigación pesquera o acuícola, y sus nombres serán dados a conocer al momento de la premiación. En caso de empate en la selección del ganador, el Jurado Calificador de las categorías correspondientes, decidirá al ganador del premio por mayoría de votos. 7. Evaluación El Jurado Calificador evaluará las candidaturas considerando la documentación remitida y bajo un sistema de puntaje de uno a cinco con base en los criterios siguientes: I. Contribución al estado de sanidad de la especie objetivo; II. Contribución a minimizar el impacto en el ecosistema y especies asociadas; III. Contribución a mejorar el sistema de manejo; IV. Contribución a la responsabilidad social; V. Beneficios a nivel local, regional o nacional; VI. Originalidad y creatividad del proyecto, e VII. Integración de los diferentes sectores de la cadena de valor. En caso de que se detecte información y/o documentación falsa se procederá a la descalificación. El fallo del Jurado Calificador será de carácter inapelable e irrevocable. El resultado será notificado directamente a las personas ganadoras y se hará del conocimiento público, a través de la página oficial de la CONAPESCA https://www.gob.mx/conapesca, de sus redes sociales institucionales y de las plataformas de los integrantes del comité organizador, que así lo determinen. El Jurado Calificador otorgará un primer, un segundo y un tercer lugar a cada una de las categorías. El Jurado Calificador podrá declarar desierto el Premio en cualquiera de sus categorías cuando: · Las personas candidatas no reúnen los méritos suficientes. · No se registre participación alguna. · Así lo determine el Jurado Calificador por causas justificadas. Se considerará que una candidatura reúne los méritos suficientes, únicamente cuando el Jurado Calificador le otorgue un promedio general mínimo de 80 puntos, conforme a los criterios de evaluación establecidos. Cualquier situación o caso no previsto en la presente Convocatoria, relacionado con el proceso de evaluación, selección y fallo, será resuelto de manera definitiva por el Jurado Calificador. Los aspectos administrativos y operativos no contemplados serán resueltos por el Comité Organizador de la CONAPESCA, conforme a la normativa aplicable. 8. Premios Las personas que resulten ganadoras del primer, segundo y tercer lugar en cada una de las categorías previstas en la presente convocatoria, recibirán un reconocimiento (diploma). 9. Ceremonia de premiación El acto de premiación 2026 tendrá verificativo en la fecha y lugar que determine la CONAPESCA, lo cual se hará de conocimiento público, con al menos 5 días hábiles previos al evento, a través de las páginas https:/ /www.gob.mx/conapesca y https://www.gob.mx/imipas y www.cobi.org.mx. 10. Informes Para aclaración de dudas, así como para obtener más información, está disponible el correo electrónico pesca.acua@conapesca.gob.mx y/o en el teléfono de la CONAPESCA (669) 915 69 00, extensiones 58637, 58668, 58631 y 58620 de lunes a viernes con un horario de 9:00 a 15:00 horas. " Esta convocatoria es pública, ajena a cualquier partido político y no persigue lucro alguno. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el presente Acuerdo " . TRANSITORIO
ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Ciudad de México, a 12 de marzo de 2026.- El Secretario de Agricultura y Desarrollo Rural, Julio Antonio Berdegué Sacristán .- Rúbrica.
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