ACUERDO

Artículo Sección 1. ACUERDO por el que se emite la Declaratoria del Polo de Desarrollo Económico para el Bienestar Topolobampo, Sinaloa. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Sec

ACUERDO por el que se emite la Declaratoria del Polo de Desarrollo Económico para el Bienestar Topolobampo, Sinaloa. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía. MARCELO LUIS EBRARD CASAUBON, Secretario de Economía, con fundamento en los artículos 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; Primero, segundo párrafo, Décimo, tercer párrafo del Dec reto por el que se otorgan estímulos fiscales en los Polos de Desarrollo Eco

Texto Legal

ACUERDO por el que se emite la Declaratoria del Polo de Desarrollo Económico para el Bienestar Topolobampo, Sinaloa. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía. MARCELO LUIS EBRARD CASAUBON, Secretario de Economía, con fundamento en los artículos 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; Primero, segundo párrafo, Décimo, tercer párrafo del Dec reto por el que se otorgan estímulos fiscales en los Polos de Desarrollo Económico para el Bienestar; 5, fracciones XVII y XXIV, del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, y los lineamientos 2 fracción XIV, 4, fracción II, 8, segundo párrafo del Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos para los Polos de Desarrollo Económico para el Bienestar y CONSIDERANDO
Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 25 y 26, apartado A de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional mediante la competitividad, el fomento del crecimiento económico, el empleo, así como una justa distribución del ingreso y la riqueza, para garantizar que ésta sea integral y sustentable y que permita el pleno ejercicio de la libertad y la dignidad de los individuos, grupos y clases sociales. Al desarrollo económico nacional concurrirán, con responsabilidad social, el sector público, el sector social y el sector privado, sin menoscabo de otras formas de actividad económica que contribuyan al desarrollo de la Nación; Que el Plan Nacional de Desarrollo (1) 2025-2030, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 15 de abril de 2025, considera al " Plan México " como una herramienta de largo plazo que sustenta una estrategia de industrialización en el país incrementando la participación de empresas mexicanas en la cadena de proveeduría de las exportaciones y en la generación de productos para consumo nacional; permitiendo a las empresas nacionales, desde micro, pequeñas y medianas hasta grandes corporaciones, tener un papel más activo en la manufactura de bienes intermedios, insumos y componentes esenciales; Que en ese sentido el "Plan México", presentado por la Presidenta de los Estados Unidos Mexicanos el 13 de enero de 2025, es una estrategia de desarrollo nacional que busca fortalecer el mercado interno y los mercados regionales para posicionar a México entre las diez principales economías del mundo y reducir la pobreza y la desigualdad. Esta estrategia también busca promover el desarrollo económico sostenible y equitativo en todo el país; generar empleos dignos y bien remunerados; fortalecer el progreso científico, tecnológico y la innovación; ampliar el acceso a la educación media superior y superior y su vínculo con el Plan Nacional de Desarrollo, a fin de alcanzar el bienestar de las mexicanas y los mexicanos; Que el "Decreto por el que se otorgan estímulos fiscales en los Polos de Desarrollo Económico para el Bienestar"; publicado el 22 de mayo de 2025 en el DOF y su reforma publicada en el mismo medio de difusión oficial el 31 de julio de 2025; establece que, se brindan beneficios tributarios a los contribuyentes que realicen actividades económicas productivas al interior de los Polos de Desarrollo Económico para el Bienestar y a las personas morales que hayan obtenido Autorización que los acredite como Desarrolladores; Que, en la misma fecha, se publicó en el DOF el Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos para los Polos de Desarrollo Económico para el Bienestar, el cual fue modificado mediante diverso publicado en el mismo órgano de difusión oficial el 29 de agosto de 2025; Que en la Segunda Sesión Extraordinaria del Comité Intersecretarial de Promoción celebrada el 13 de agosto de 2025, fue aprobado el Dictamen Colegiado correspondiente al Polo de Desarrollo Económico para el Bienestar Topolobampo, Sinaloa; Que dentro del Programa Sectorial de Economía 2025-2030, publicado en el DOF el 22 de diciembre de 2025, se establecen objetivos prioritarios, estrategias y líneas de acción orientadas al cumplimiento de los 100 Compromisos para el Segundo Piso de la Cuarta Transformación del Gobierno de México , entre los cuales se prevé la implementación de iniciativas estratégicas como el Plan Sonora, los procesos de relocalización industrial y la creación de Polos de Desarrollo Económico para el Bienestar en regiones estratégicas del país, a efecto de impulsar un crecimiento regional equilibrado, en congruencia con los principios de justicia social, reducción de desigualdades y sustentabilidad previstos en el Plan Nacional de Desarrollo, particularmente en el eje denominado " República próspera y conectada " , y Que con el objetivo de impulsar la competitividad y favorecer la operación de los contribuyentes que realicen actividades económicas productivas al interior de los Polos de Desarrollo Económico para el Bienestar y de los Desarrolladores, así como en el ejercicio de la facultad establecida en el artículo 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, he tenido a bien expedir el siguiente: ACUERDO POR EL QUE SE EMITE LA DECLARATORIA DEL POLO DE DESARROLLO ECONÓMICO PARA EL
BIENESTAR TOPOLOBAMPO, SINALOA
ARTÍCULO PRIMERO. El presente Acuerdo tiene por objeto declarar como Polo de Desarrollo Económico para el Bienestar Topolobampo, Sinaloa, al polígono que se describe en el artículo siguiente. ARTÍCULO SEGUNDO. Se declara como Polo de Desarrollo Económico para el Bienestar Topolobampo, Sinaloa (PODECOBI TOPOLOBAMPO) a la superficie de 277-57-75.717 hectáreas (doscientas setenta y siete hectáreas, 57 áreas 75.717 centiáreas). El PODECOBI TOPOLOBAMPO, se encuentra ubicado en el municipio de Ahome, en el estado de Sinaloa, de conformidad con los cuadros de construcción y el croquis de ubicación siguientes: CUADRO DE CONSTRUCCIÓN
CROQUIS DE UBICACIÓN - TOPOLOBAMPO

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo Sección 1 del ACUERDO?

ACUERDO por el que se emite la Declaratoria del Polo de Desarrollo Económico para el Bienestar Topolobampo, Sinaloa. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía. MARCELO LUIS EBRARD CASAUBON, Secretario de Economía, con fundamento en los artículos 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; Primero, segundo párrafo, Décimo, tercer párrafo del Dec reto por el que se otorgan estímulos fiscales en los Polos de Desarrollo Eco

¿Necesitas asesoría sobre el Art. Sección 1 del ACUERDO?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. Sección 1 ACUERDO desde tu celular