ACUERDO

Artículo Sección 1. ACUERDO por el que se desincorpora del régimen de dominio público de la Federación, para su aportación al patrimonio de la Fiscalía General de la República, el inmueble federal denominado " CENDI " ,

ACUERDO por el que se desincorpora del régimen de dominio público de la Federación, para su aportación al patrimonio de la Fiscalía General de la República, el inmueble federal denominado " CENDI " , ubicado en Calle Pedro Moreno número 109, Colonia Guerrero, Código Postal 06300, Alcaldía Cuauhtémoc, Ciudad de México, con Registro Federal Inmobiliario 9-17634-6. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Hacienda.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- I

Texto Legal

ACUERDO por el que se desincorpora del régimen de dominio público de la Federación, para su aportación al patrimonio de la Fiscalía General de la República, el inmueble federal denominado " CENDI " , ubicado en Calle Pedro Moreno número 109, Colonia Guerrero, Código Postal 06300, Alcaldía Cuauhtémoc, Ciudad de México, con Registro Federal Inmobiliario 9-17634-6. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Hacienda.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales.- AD-007-2026. ACUERDO POR EL QUE SE DESINCORPORA DEL RÉGIMEN DE DOMINIO PÚBLICO DE LA FEDERACIÓN, PARA SU APORTACIÓN AL PATRIMONIO DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, EL INMUEBLE FEDERAL DENOMINADO " CENDI " , UBICADO EN CALLE PEDRO MORENO NÚMERO 109, COLONIA GUERRERO, CÓDIGO POSTAL 06300, ALCALDÍA CUAUHTÉMOC, CIUDAD DE MÉXICO, CON REGISTRO FEDERAL INMOBILIARIO 9-17634-6. Dr. Pablo Israel Escalona Almeraya, Presidente del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 2 fracción I, 17, 26 fracción VI, 31 fracciones XXIX y XXX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2 fracciones II y IV, 28 fracción l, 29 fracciones I, VI y XV, 84 fracción VI, 95 y 101 fracciones VI y X de la Ley General de Bienes Nacionales; 1, 4 apartado G, fracción V, 48 y 49 del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y; 1, 3 fracciones VIII y X, 4 fracción I, inciso a) y 6 fracciones XXXVI y XLVII del Reglamento Interior del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales; y C O N S I D E R A N D O
PRIMERO.- Que dentro de los bienes sujetos al régimen de dominio público de la Federación, se encuentra el inmueble federal denominado " CENDI " , ubicado en Calle Pedro Moreno número 109, Colonia Guerrero, Código Postal 06300, Alcaldía Cuauhtémoc, Ciudad de México, con Registro Federal Inmobiliario 9- 17634-6 y superficie de 1,035.129 metros cuadrados. SEGUNDO.- Que la propiedad del inmueble a que se refiere el considerando que antecede, se acredita mediante Escritura Pública número 6, de fecha 27 de junio de 1990, otorgada ante la fe de la Licenciada Olga Sánchez Cordero de García Villegas, Titular de la Notaría Pública número 182 del Distrito Federal y del Patrimonio del Inmueble Federal, en la que se hizo constar el contrato de compraventa mediante el cual el Gobierno Federal adquirió el terreno y construcciones adheridas a él de la casa número 109 de la calle de Insurgente Pedro Moreno, colonia Guerrero, Distrito Federal, que corresponde a la manzana número 27, cuartel quinto, con superficie de 1,009.250 metros cuadrados, inscrita en el Registro Público de la Propiedad Federal, bajo el Folio Real número 53936, de fecha 08 de febrero de 2000, así como en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Distrito Federal, bajo el Folio Real 9460764, de fecha 22 de marzo de 1991. TERCERO.- Que la superficie, medidas y colindancias del inmueble materia del presente Acuerdo, se consignan en el plano topográfico número TGC-01, elaborado a escala 1:200, aprobado y registrado por la entonces Dirección de Registro Público y Catastro de la Propiedad Federal, adscrita a la Dirección General del Patrimonio Inmobiliario Federal del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, bajo el número DRPCPF-1160-2005-T/, de fecha 07 de febrero de 2005, y certificado por la Dirección de Registro Público y Control Inmobiliario, adscrita a la Dirección General de Política y Gestión Inmobiliaria del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, el 16 de octubre de 2025, arrojando una superfici e de 1035.129 metros cuadrados. CUARTO. - Que mediante Certificado Único de Zonificación de Uso de Suelo Digital, con folio número 62816-151APGE22D, de fecha 11 de octubre de 2022, la Dirección General del Ordenamiento Urbano de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda de la Ciudad de México, hizo constar que al inmueble materia del presente Acuerdo, le aplica la zonificación " CB/4/20/Z (Centro de Barrio, 4 niveles máximo de construcción, 20% mínimo de área libre y densidad Z ... " . QUINTO.- Que mediante solicitud de información sobre inmuebles con valor artístico o monumento artístico con número de folio 0696, de fecha 20 de abril de 2023, la Dirección de Arquitectura y Conservación del Patrimonio Artístico Inmueble del Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura, informó respecto al inmueble materia del presente Acuerdo, lo siguiente: "INMUEBLE INCLUIDO EN LA RELACIÓN DEL INBA" , así mismo, en la parte de observaciones añadió lo siguiente: " Ninguna. LOS INMUEBLES INCLUIDOS EN LA RELACIÓN DEL INBAL, REUNEN CARACTERISTICAS ESTETICAS RELEVANTES Y SU CONSERVACION ES DEL INTERES DE ESTE INSTITUTO " . (sic) SEXTO.- Que mediante oficio número 401.3S.1-2023/1081, de fecha 02 de mayo de 2023, la Dirección de Autorizaciones e Inspecciones, adscrita a la Coordinación Nacional de Monumentos Históricos del Instituto Nacional de Antropología e Historia, informó que el inmueble materia del presente Acuerdo, " ... no está considerado monumento histórico, no es colindante con alguno de éstos, sin embargo, se localiza dentro del perímetro " B " de la Zona de Monumentos Históricos, denominada " Centro Histórico de la Ciudad de México " , decretada y publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11 de abril de 1980. Por lo anterior, cualquier obra que se realice en el inmueble de referencia deberá contar con la autorización previa del Instituto Nacional de Antropología e Historia. " Así mismo, " Por localizarse en una zona con alto potencial de vestigios arqueológicos, sólo en caso de iniciar cualquier obra con excavación es necesario que cuente con el Visto Bueno de la Dirección de Salvamento Arqueológico ... " . SÉPTIMO.- Que mediante Constancia de Alineamiento y/o Número Oficial, con folio 0292, de fecha 01 de abril de 2024, la Subdirección de Manifestaciones, Licencias de Construcción y Desarrollo Urbano, adscrita a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda de la Ciudad de México, hizo constar que, el inmueble objeto del presente Acuerdo, se encuentra ubicado en Calle Pedro Moreno, Colonia Guerrero, Demarcación Territorial Cuauhtémoc, Ciudad de México, asignándole el número oficial 109. OCTAVO.- Que la Fiscalía General de la República, mediante oficio número FGR/OM/UESII/812/2025, de fecha 23 de octubre de 2025, suscrito por el Titular de la Unidad Especializada de Recursos, Servicios e Infraestructura Inmobiliaria y Responsable Inmobiliario, solicitó la desincorporación del régimen del dominio público de la Federación y posterior aportación a su patrimonio, respecto del inmueble materia del presente Acuerdo, para continuar utilizándolo conforme a sus facultades y atribuciones. NOVENO.- Que mediante Dictamen de 27 de noviembre de 2025, la Dirección General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal, determinó no llevar a cabo la difusión prevista en el artículo 49 fracción II de la Ley General de Bienes Nacionales y en el numeral 118 del Acuerdo por el que se establecen las disposiciones en materia de Recursos Materiales y Servicios Generales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 16 de julio de 2010 y última reforma publicada en el mismo órgano de difusión el 05 de abril de 2016, respecto del inmueble materia del presente Acuerdo, en virtud de que, por sus características, no es apto para ser destinado al servicio de alguna otra Dependencia, Entidad o Institución Pública, distinta a la que lo viene ocupando, ya que actualmente la Fiscalía General de la República lo utiliza conforme a sus facultades y atribuciones, por lo que no figura como " disponible " en el Sistema de Información Inmobiliaria Federal y Paraestatal. DÉCIMO.- Que el Comité de Aprovechamiento Inmobiliario del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, en su Cuarta Sesión Ordinaria, celebrada el 11 de diciembre de 2025, aprobó el ACUERDO 41/2025 CAI, mediante el cual se determinaron las acciones para el mejor uso y aprovechamiento del inmueble federal materia del presente Acuerdo, para su desincorporación del régimen de dominio público de la Federación y posterior aportación al patrimonio de la Fiscalía General de la República, en términos de lo dispuesto por el artículo 84 fracción VI de la Ley General de Bienes Nacionales. DÉCIMO PRIMERO.- Que mediante oficio DGPGI/685/2025, de fecha 19 de diciembre de 2025, la Dirección General de Política y Gestión Inmobiliaria, emitió el Dictamen número DAAD/2025/035, en el que determinó que el inmueble objeto del presente no se encuentra catalogado como uno de los bienes de uso común relacionados en el artículo 7 de la Ley General de Bienes Nacionales, por lo que, con base en la solicitud y justificación planteada por la Fiscalía General de la República para la aportación a su patrimonio, derivado del Transitorio Décimo Primero de la Ley de la Fiscalía General de la República, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 20 de mayo de 2021, resultó procedente la determinación adoptada por el Comité de Aprovechamiento Inmobiliario al considerar que, en el caso concreto, se actualiza la hipótesis normativa prevista en la fracción VI del artículo 84 de la precitada Ley General de Bienes Nacionales. DÉCIMO SEGUNDO.- Que la Dirección General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal, de conformidad con lo previsto por el artículo 10, fracción IV del Reglamento Interior de este Instituto, conoció y revisó desde el punto de vista técnico jurídico la operación que se autoriza. La documentación legal y técnica que sustenta la situación jurídica y administrativa del inmueble, así como de este Acuerdo, obra en el expediente de trámite integrado por dicha Dirección General y fue debidamente cotejada con la que se encuentra en el Sistema de Información Inmobiliaria Federal y Paraestatal. Con fundamento en el artículo 8 fracción XIV del Reglamento Interior del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, la Unidad Jurídica emitió opinión procedente respecto del presente; por lo que, con base en las consideraciones referidas, he tenido a bien expedir el siguiente: A C U E R D O
PRIMERO.- Se desincorpora del régimen de dominio público de la Federación para su aportación al patrimonio de la Fiscalía General de la República, el inmueble federal denominado " CENDI " , ubicado en la casa número 109 de la calle de Insurgente Pedro Moreno, colonia Guerrero, Distrito Federal, que corresponde a la manzana número 27, cuartel quinto, actualmente calle Pedro Moreno número 109, Colonia Guerrero, Código Postal 06300, Alcaldía Cuauhtémoc, Ciudad de México, con Registro Federal Inmobiliario 9-17634-6 y superficie de 1,009.250 metros cuadrados, para continuar utilizándolo conforme a sus facultades y atribuciones. SEGUNDO.- El Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales ejercerá a nombre y representación de la Federación, los actos correspondientes para llevar a cabo el cumplimiento de este Acuerdo en los términos presentados. TERCERO.- Los impuestos, derechos, honorarios y gastos que se originen con motivo de la operación que se autoriza, serán cubiertos por la Fiscalía General de la República. CUARTO.- En caso de que se tengan proyectadas obras de construcción, reconstrucción, modificación, adaptación, conservación, mantenimiento, reparación y demolición en el inmueble cuya aportación al patrimonio de la Fiscalía General de la República se autoriza, previo a su realización, dicho Órgano Constitucional Autónomo, deberá gestionar ante las autoridades locales y federales, la obtención de licencias, permisos, autorizaciones o cualquier otra similar que se requiera, específicamente ante el Instituto Nacional de Antropología e Historia, por localizarse dentro del perímetro " B " de la Zona de Monumentos Históricos, denominada " Centro Histórico de la Ciudad de México " , así como ante la Dirección de Salvamento Arqueológico del citado Instituto, por localizarse en una zona con alto potencial de vestigios arqueológicos. QUINTO.- Si dentro del año siguiente a la entrada en vigor de este Acuerdo, no se hubiere realizado la formalización correspondiente de la operación que se autoriza, por causas imputables a la Fiscalía General de la República, determinadas por el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, este Acuerdo quedará sin efectos, debiendo este Instituto publicar en el Diario Oficial de la Federación un aviso en el que se dé a conocer esta circunstancia, así como notificarlo a dicho Órgano Constitucional Autónomo. SEXTO.- Publíquese el presente Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación e inscríbase en el Registro Público de la Propiedad Federal. Este Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Ciudad de México, a los 10 días del mes de febrero de 2026 .- Presidente del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales , Dr. Pablo Israel Escalona Almeraya .- Rúbrica.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo Sección 1 del ACUERDO?

ACUERDO por el que se desincorpora del régimen de dominio público de la Federación, para su aportación al patrimonio de la Fiscalía General de la República, el inmueble federal denominado " CENDI " , ubicado en Calle Pedro Moreno número 109, Colonia Guerrero, Código Postal 06300, Alcaldía Cuauhtémoc, Ciudad de México, con Registro Federal Inmobiliario 9-17634-6. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Hacienda.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- I

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