Cualquier interesado podrá solicitar licencia obligatoria de una patente transcurrido tres años desde la concesión de la patente o cuatro años desde la presentación de la solicitud de patente, aplicándose el plazo que venza después. La licencia obligatoria será concedida cuando la oficina nacional competente compruebe que la patente no ha sido explotada, o no se han realizado preparativos efectivos y serios para explotar la invención en el respectivo País Miembro.
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