D486CAN

Artículo Artículo 15. Artículo 15

Texto Legal

La solicitud de patente se presentará ante la oficina nacional competente y deberá contener: a) identificación del solicitante e inventor; b) el título o nombre de la invención; c) la descripción clara y completa de la invención de manera que una persona con conocimiento medio en la materia pueda reproducirla; d) una o más reivindicaciones que definan con claridad y precisión la materia para la cual se solicita la protección de la patente; e) uno o más dibujos, cuando fuesen necesarios para la comprensión de la invención; y, f) el resumen de la invención. Deberá además designarse al inventor si el solicitante no fuese el inventor.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo Artículo 15 del D486CAN?

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