Se detallan las circunstancias bajo las cuales se suspende el plazo de prescripción para la determinación de deudas tributarias. Esto incluye la tramitación de pericias y la falta de información por parte de terceros.
, dentro del plazo de prescripción para la determinación de la deuda. 6. Suspensión del plazo: El plazo se suspende: a) Durante la tramitación de las pericias. b) Durante el lapso que transcurra desde que la Administración Tributaria solicite información a autoridades de otros países hasta que dicha información se remita. c) Durante el plazo en que por causas de fuerza mayor la Administración Tributaria interrumpa sus actividades. d) Durante el lapso en que el deudor tributario incumpla con la entrega de la información solicitada por la Administración Tributaria. e) Durante el plazo de las prórrogas solicitadas por el deudor tributario. f) Durante el plazo de cualquier proceso judicial cuando lo que en él se resuelva resulta indispensable para la determinación de la obligación tributaria o la prosecución del procedimiento de fiscalización, o cuando ordena la suspensión de la fiscalización. g) Durante el plazo en que otras entidades de la Administración Pública o privada no proporcionen la información vinculada al procedimiento de fiscalización que solicite la Administración Tributaria. (*) Artículo incorporado por el Artículo 15 del Decreto Legislativo Nº 981, publicado el 15 de marzo de 2007.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Conocer las causas de suspensión del plazo es crucial para gestionar adecuadamente tus obligaciones tributarias y evitar sorpresas en la determinación de deudas.
Anterior
Art. 60. Inicio de la determinacion tributaria
Siguiente
Art. 62. Suspension durante procedimientos
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo