CT

Artículo 30. Obligados al Pago

El pago de la deuda tributaria debe ser realizado por los deudores tributarios y sus representantes. Terceros pueden pagar, salvo oposición del deudor.

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Texto Legal

- OBLIGADOS AL PAGO El pago de la deuda tributaria será efectuado por los deudores tributarios y, en su caso, por sus representantes. Los terceros pueden realizar el pago, salvo oposición motivada del deudor tributario.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Conocer quiénes son los obligados al pago ayuda a definir responsabilidades en la gestión tributaria. Si un tercero paga sin autorización, puede haber conflictos con el deudor.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 30 del CT?

El pago de la deuda tributaria debe ser realizado por los deudores tributarios y sus representantes. Terceros pueden pagar, salvo oposición del deudor.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 30 de la CT?

Conocer quiénes son los obligados al pago ayuda a definir responsabilidades en la gestión tributaria. Si un tercero paga sin autorización, puede haber conflictos con el deudor.

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