CT

Artículo 179. Articulo derogado

Este artículo ha sido derogado por la Única Disposición Complementaria Derogatoria del Decreto Legislativo Nº 981, publicado el 15 de marzo de 2007. No tiene aplicación vigente.

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Texto Legal

A.- Artículo derogado por la Única Disposición Complementaria Derogatoria del Decreto Legislativo Nº 981, publicado el 15 de marzo de 2007.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La derogación de este artículo significa que no existe obligación o sanción relacionada, lo que puede simplificar el cumplimiento normativo de tu empresa.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 179 del CT?

Este artículo ha sido derogado por la Única Disposición Complementaria Derogatoria del Decreto Legislativo Nº 981, publicado el 15 de marzo de 2007. No tiene aplicación vigente.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 179 de la CT?

La derogación de este artículo significa que no existe obligación o sanción relacionada, lo que puede simplificar el cumplimiento normativo de tu empresa.

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