CT

Artículo 123. Apoyo de autoridades

Las autoridades policiales y administrativas deben brindar apoyo inmediato en el proceso de cobranza coactiva, bajo pena de destitucion. Este apoyo es sin costo para la administracion tributaria.

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Texto Legal

- APOYO DE AUTORIDADES POLICIALES O ADMINISTRATIVAS Para facilitar la cobranza coactiva, las autoridades policiales o administrativas prestarán su apoyo inmediato, bajo sanción de destitución, sin costo alguno. TITULO III PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO - TRIBUTARIO CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La falta de apoyo por parte de estas autoridades puede retrasar la cobranza, lo que podría afectar la liquidez de la empresa si se encuentra en un proceso de cobranza.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 123 del CT?

Las autoridades policiales y administrativas deben brindar apoyo inmediato en el proceso de cobranza coactiva, bajo pena de destitucion. Este apoyo es sin costo para la administracion tributaria.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 123 de la CT?

La falta de apoyo por parte de estas autoridades puede retrasar la cobranza, lo que podría afectar la liquidez de la empresa si se encuentra en un proceso de cobranza.

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