Regula el procedimiento para que el juez manifieste su excusa cuando se actualice alguna causa de impedimento, incluyendo los plazos y la forma de resolucion.
Regula el procedimiento para que el juez manifieste su excusa cuando se actualice alguna causa de impedimento, incluyendo los plazos y la forma de resolucion.
Este articulo regula aspectos esenciales del procedimiento penal acusatorio mexicano en relacion con los sujetos que intervienen en el procedimiento penal y sus funciones. Su aplicacion es obligatoria en todos los procedimientos penales tanto del fuero federal como del fuero comun, conforme al sistema de justicia penal establecido por la reforma constitucional de 2008.
Las disposiciones de este articulo deben interpretarse de conformidad con los principios constitucionales del sistema acusatorio adversarial y con los tratados internacionales de derechos humanos de los que Mexico es parte. El organo jurisdiccional, el Ministerio Publico y las partes estan obligados a observar las reglas aqui establecidas, garantizando el debido proceso y la tutela judicial efectiva.
En la practica del litigio penal, este articulo cobra importancia porque establece reglas claras que deben observarse para garantizar la legalidad del procedimiento. Su inobservancia puede dar lugar a la nulidad de actuaciones, la exclusion de pruebas o la reposicion del procedimiento, segun la gravedad de la violacion.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
El tramite de la excusa debe activarse de inmediato cuando el juez identifique una causa de impedimento. En la practica, algunos jueces demoran en excusarse, lo que puede generar nulidades posteriores. SDV Asesores sugiere que las partes esten atentas al cumplimiento de esta obligacion y, en caso de omision, promuevan la recusacion conforme al articulo 29.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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