CNPP

Artículo 238. Orden de comparecencia

Regula la orden de comparecencia como medio para lograr la presencia del imputado ante el juez de control cuando no proceda la orden de aprehension.

investigaciondiligenciaspruebasministerio publico

Texto Legal

Articulo 238. Orden de comparecencia

Regula la orden de comparecencia como medio para lograr la presencia del imputado ante el juez de control cuando no proceda la orden de aprehension.

Aspectos fundamentales

Este articulo regula aspectos esenciales del procedimiento penal acusatorio mexicano en relacion con la etapa de investigacion y los actos de recopilacion de datos de prueba. Su aplicacion es obligatoria en todos los procedimientos penales tanto del fuero federal como del fuero comun, conforme al sistema de justicia penal establecido por la reforma constitucional de 2008.

Contenido y alcance

Las disposiciones de este articulo deben interpretarse de conformidad con los principios constitucionales del sistema acusatorio adversarial y con los tratados internacionales de derechos humanos de los que Mexico es parte. El organo jurisdiccional, el Ministerio Publico y las partes estan obligados a observar las reglas aqui establecidas, garantizando el debido proceso y la tutela judicial efectiva.

Relevancia practica

En la practica del litigio penal, este articulo cobra importancia porque establece reglas claras que deben observarse para garantizar la legalidad del procedimiento. Su inobservancia puede dar lugar a la nulidad de actuaciones, la exclusion de pruebas o la reposicion del procedimiento, segun la gravedad de la violacion.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La orden de comparecencia es una alternativa menos restrictiva que la orden de aprehension. Se utiliza cuando no existe riesgo de sustraccion del imputado. SDV Asesores aconseja que los defensores soliciten que se opte por la comparecencia cuando el imputado tenga arraigo demostrable y no represente riesgo de fuga.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 238 del CNPP?

Regula la orden de comparecencia como medio para lograr la presencia del imputado ante el juez de control cuando no proceda la orden de aprehension.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 238 de la Codigo de Procedimientos Penales?

La orden de comparecencia es una alternativa menos restrictiva que la orden de aprehension. Se utiliza cuando no existe riesgo de sustraccion del imputado. SDV Asesores aconseja que los defensores soliciten que se opte por la comparecencia cuando el imputado tenga arraigo demostrable y no represente riesgo de fuga.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 238 del CNPP?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 238 CNPP desde tu celular