CNPCF

Artículo 718. Una vez examinadas las constancias por el Ministerio...

Una vez examinadas las constancias por el Ministerio Público y su opinión conforme al contenido de las mismas, de así considerarlo la autoridad jurisdiccional, se turnarán los autos para que dentro del término de diez días dicte sentencia interlocutoria de declaratoria de herederos, en la que se...

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Texto Legal

Una vez examinadas las constancias por el Ministerio Público y su opinión conforme al
contenido de las mismas, de así considerarlo la autoridad jurisdiccional, se turnarán los autos para que
dentro del término de diez días dicte sentencia interlocutoria de declaratoria de herederos, en la que se
reconozca a quienes acreditaron su derecho hereditario intestamentario, o negándolo se reserve su
acción, para que se haga valer en el juicio.
Contra la sentencia interlocutoria que se dicte procederá el recurso de apelación en efecto devolutivo
de tramitación inmediata.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 718 del CNPCF?

Una vez examinadas las constancias por el Ministerio Público y su opinión conforme al contenido de las mismas, de así considerarlo la autoridad jurisdiccional, se turnarán los autos para que dentro del término de diez días dicte sentencia interlocutoria de declaratoria de herederos, en la que se...

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