Una vez contestada la demanda, con las excepciones y defensas se dará vista a la parte actora por el término de tres días para que manifieste lo que a su derecho convenga y ofrezca pruebas. Al contestar la demanda, se hará valer la reconvención cuando así proceda, y en su caso, se ordenará...
Una vez contestada la demanda, con las excepciones y defensas se dará vista a la
parte actora por el término de tres días para que manifieste lo que a su derecho convenga y ofrezca
pruebas.
Al contestar la demanda, se hará valer la reconvención cuando así proceda, y en su caso, se ordenará
emplazar personalmente a la parte demandada reconvencionista, en el domicilio personal, procesal o
correo electrónico, para que conteste por escrito, dentro del término de nueve días hábiles, quien deberá
ofrecer las pruebas que estime necesarias, opondrá las excepciones y defensas que estime procedentes,
interponiendo las objeciones de pruebas. Con las excepciones y defensas de la contestación de la
reconvención se dará vista a la actora reconvencionista por el término de tres días para que manifieste lo
que a su derecho convenga y ofrezca pruebas.
Una vez contestadas las excepciones y defensas en lo principal, o en su caso, en la reconvención o
transcurrido el plazo para ello, se señalará fecha y hora para la celebración de la audiencia preliminar que
tendrá verificativo dentro de los quince días siguientes.
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