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Artículo 642. Será competente para tramitar la solicitud de adopción la...

Será competente para tramitar la solicitud de adopción la autoridad jurisdiccional ubicada en el domicilio de la persona que se pretende adoptar.

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Texto Legal

Será competente para tramitar la solicitud de adopción la autoridad jurisdiccional
ubicada en el domicilio de la persona que se pretende adoptar.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 642 del CNPCF?

Será competente para tramitar la solicitud de adopción la autoridad jurisdiccional ubicada en el domicilio de la persona que se pretende adoptar.

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