La interposición de una tercería excluyente autoriza a la persona a pedir que se amplíe la ejecución en otros bienes de la persona deudora.
La interposición de una tercería excluyente autoriza a la persona a pedir que se amplíe
la ejecución en otros bienes de la persona deudora.
Anterior
Art. 503. Si fueren varias las personas opositoras reclamando el dominio se procederá en
Siguiente
Art. 505. Si sólo alguno de los bienes ejecutados fuere objeto de la...
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo